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¿Etiquetar o no etiquetar? Comprender los cambios propuestos en la norma del CODEX para el etiquetado de alérgenos

El etiquetado de alérgenos alimentarios en alimentos preenvasados juega un papel clave en la protección de las personas alérgicas a los alimentos, ya que actualmente no existe un tratamiento clínico preventivo práctico disponible. La lista de alimentos principales e ingredientes conocidos por causar hipersensibilidad se incluyó por primera vez en el Estándar General del Codex para el Etiquetado de Alimentos Preenvasados (GSLPF) en 1999 (sección 4.2.1.4), lo que obligaba a su declaración en etiquetas cuando estuvieran presentes.

Desde la redacción inicial del GSLPF, nuestra comprensión de los alérgenos alimentarios y su gestión ha avanzado significativamente. En respuesta a una nueva solicitud del Codex para asesoramiento científico, incluyendo la evidencia actual de la comprensión de los consumidores sobre alérgenos, la FAO y la OMS convocaron una serie de tres reuniones de expertos desde finales de 2020 hasta principios de 2022 para proporcionar asesoramiento científico sobre tres temas diferentes:

1. Revisar y validar (o actualizar) la lista de alérgenos prioritarios del Codex
2. Revisar y establecer niveles umbrales de los alérgenos prioritarios en alimentos
3. Revisar y establecer el etiquetado precautorio (PAL) de los alérgenos prioritarios en alimentos

En este artículo, consideramos y discutimos los problemas que enfrentaron los participantes de cada reunión y las principales recomendaciones que resultaron. Estas recomendaciones reflejan más de 20 años de avances tanto en nuestra comprensión de la ciencia de los alérgenos alimentarios como en respuestas prácticas a los riesgos que representan los alérgenos alimentarios.

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Alérgenos alimentarios

Este artículo se publicó en Spot On #16

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Principales aportes de las tres reuniones
de expertos de la FAO y la OMS:

Primera reunión: modificaciones recomendadas para la lista global de alérgenos prioritarios, con la adición del sésamo y la eliminación de la soja y la avena.

Segunda reunión: las dosis de referencia (DRf) de los alérgenos prioritarios deben derivarse de la DP05, es decir, la dosis que se prevé que cause una reacción objetiva en un máximo del 5 % de la población alérgica a cada uno de esos alérgenos prioritarios.

Tercera reunión: a decisión sobre si utilizar el EPA o no debe formar parte de un marco normativo.Tercera reunión: a decisión sobre si utilizar el EPA o no debe formar parte de un marco normativo.

Reunión/informe 1: Revisión y validación de la lista de alérgenos prioritarios del Codex Alimentarius mediante evaluación de riesgos

En la primera reunión, el Comité de Expertos subrayó que la lista debería estar formada únicamente por sustancias conocidas por provocar reacciones mediadas por el sistema inmunitario bien caracterizadas, es decir reacciones mediadas por IgE y la enfermedad celíaca. No solo ampliaron la información sobre los criterios para identificar los alérgenos prioritarios, incluidas la prevalencia de la alergia a estos, la potencia y la gravedad de las reacciones observadas, sino que también resaltaron la importancia de que esos criterios se apliquen en todo el mundo. Llevaron a cabo un ejercicio de priorización de peligros con un enfoque analítico de múltiples criterios, el cual les permitió sintetizar los distintos tipos de datos en una única escala que refleja la importancia para la salud pública global de cada alimento alergénico. Además, el proceso de revisión centrado en esta priorización aportó transparencia y repetibilidad, lo que no solo hizo posible la revisión científica, sino que también proporcionó un método que puede utilizarse fácilmente para clasificar un posible alérgeno con respecto a su impacto para la salud pública tanto a nivel mundial como a nivel local. Sobre la base del resultado del ejercicio de priorización de peligros y el posterior debate, se recomendó la siguiente actualización para el apartado 4.2.1.4 de la NGEAP: Es importante recordar que estas recomendaciones se siguen debatiendo en los comités del Codex y que puede que tarden en aceptarse o rechazarse. Además, aunque se acepten en el Codex, también es posible que transcurra cierto tiempo hasta que estos cambios se reflejen en la legislación local. Por último, es importante remarcar la solidez de los resultados de la Consulta Técnica de la FAO sobre Alergias Alimentarias (Roma, 1995) original que identificaba los alimentos que se incluirían en el apartado 4.2.1.4 de la NGEAP, la cual se adoptó en 1999. Es digno de mención que la lista de alérgenos prioritarios recomendada en 1995 aún sea ampliamente reconocible en la lista de 30 años después, en la que solo encontramos unos ligeros retoques recomendados.

Reunión 2: Revisión y establecimiento de niveles umbral en los alimentos de los alérgenos prioritarios

En la Reunión 2, el Comité de Expertos abordó el mandato proporcionado por el Codex en relación con el establecimiento de umbrales, revisando los datos clínicos disponibles y recomendando Dosis de Referencia (DdR) para los alimentos de la lista global de alérgenos prioritarios establecida en la Reunión 1.

El Comité de Expertos consideró tanto la proporción de personas con una alergia relevante que se verán afectadas por la exposición a cualquier cantidad dada de alérgeno (ED01 frente a ED05) como las características de cualquier reacción que pueda producirse, resumidas como "gravedad". El Comité de Expertos identificó y revisó los valores de la dosis desencadenante (DE) publicados anteriormente (Remington et al., 2020; Houben et al., 2020) y también pudo revisar los nuevos datos clínicos disponibles sobre la gravedad de las reacciones alérgicas a dosis bajas (Patel et al., 2021; Turner et al., 2022).

Estas DdR podrían utilizarse en un marco de evaluación de riesgos para determinar si se debe aplicar el etiquetado de precaución para alergias (PAL) o en un proceso de toma de decisiones de gestión de riesgos para incidentes relacionados con alérgenos. La adopción de estas DdR en todas las regiones geográficas proporciona un objetivo realista y alcanzable que ayudaría a armonizar la evaluación y la gestión de riesgos para los alérgenos alimentarios y podría simplificar potencialmente la vida de las partes interesadas (consumidores, productores, reguladores, profesionales sanitarios, etc.).

El Comité de Expertos acordó como principio general que los valores RfD deberían contextualizarse (incluidas las posibles limitaciones analíticas para verificarlos), teniendo en cuenta las consecuencias más amplias e imprevistas (por ejemplo, que los PAL aparezcan en todos los productos debido a recomendaciones demasiado estrictas). Es importante destacar que el Comité de Expertos llegó a la conclusión de que un principio rector debería ser la consideración de si la selección de un valor de DE más estricto (más bajo) mejoraría materialmente el impacto sobre la salud pública. Esto, combinado con la revisión completa de los datos clínicos, la caracterización de la gravedad y las consideraciones analíticas, llevó al Comité a acordar que el objetivo de seguridad se cumpliría derivando la DdR de la DE05, o la dosis prevista para provocar reacciones objetivas en no más del 5% de la población alérgica (con redondeo) (véase la tabla de recomendaciones de DdR).

¿Y el análisis de alérgenos alimentarios?

Las DdR recomendadas son un paso adelante para la evaluación y la gestión de riesgos de los alérgenos. Sin embargo, la comunidad analítica tendrá que apoyar activamente la mejora del rendimiento de los métodos y el Comité de Expertos señaló que:

- Una DdR [basada en la ED05] puede aplicarse y controlarse hasta cierto punto con las capacidades analíticas actuales, pero siguen existiendo limitaciones significativas en el rendimiento de los métodos. - Recomendaron encarecidamente que la expresión de los resultados analíticos se estandarizara como mg de proteína total del alimento alergénico por kg de producto alimenticio analizado para facilitar la interpretación de los resultados y la comparación con una DR y un nivel de actuación por parte de los usuarios de los servicios analíticos. - Para abordar las deficiencias de la metodología analítica, recomendaron el desarrollo de criterios de rendimiento de los métodos, así como una provisión más amplia de materiales de referencia accesibles para los alérgenos prioritarios.

Reunión 3: Revisar y establecer el etiquetado de precaución (PAL) de los alérgenos prioritarios en los alimentos

La Reunión 3 revisó la situación actual del PAL y propuso un marco para mejorar su aplicación. A continuación se resumen sus conclusiones:

Situación actual

- El uso de PAL es voluntario y a menudo malinterpretado por los consumidores y la industria. - La decisión de aplicar (o no) la PAL no forma parte de un proceso normalizado de evaluación de riesgos. - Los consumidores consideran que la información que proporciona actualmente la PAL es incompleta, confusa y ambigua en cuanto a las características del riesgo y la acción que se espera del consumidor alérgico.

Marco propuesto

- El Comité de Expertos recomendó que la decisión sobre si utilizar o no una declaración PAL formara parte de un marco reglamentario. Esto obligaría a los operadores de empresas alimentarias (OEA) a utilizar PAL sólo cuando la presencia no intencionada de alérgenos (PAU) supere la DdR pertinente. - Los consumidores con alergias alimentarias deberían poder identificar en el envase si se ha llevado a cabo una evaluación de riesgos cualificada, independientemente de si se utiliza PAL o no. - Un enfoque coherente y armonizado es el uso más eficaz de la PAL para comunicar a los consumidores con alergia alimentaria el riesgo derivado de las PAU.

Véase en la figura 2 el marco de PAL propuesto por el Comité de Expertos. Una vez más, la adopción de dicho marco pretende armonizar el análisis de riesgos de los alérgenos alimentarios y simplificar la vida a todas las partes interesadas.

Observaciones finales

La reciente Consulta de Expertos FAO/OMS representa la mayor actividad impulsada por el Codex sobre el tema de las alergias alimentarias desde la creación de la lista original de alérgenos prioritarios del Codex en 2000. Representa más de 120 horas de reuniones virtuales de hasta 25 científicos de todo el mundo con conocimientos que abarcan campos tan diversos como la química analítica y de proteínas, la ciencia alimentaria, la evaluación de riesgos y la alergología clínica. Además, se dedicaron incontables horas a revisar y preparar síntesis de los datos pertinentes fuera de esas reuniones, así como a redactar los informes. El trabajo se basó en e integró los resultados de una cantidad considerable de investigaciones realizadas en las dos últimas décadas, en las que participaron muchos de los participantes en la consulta FAO/OMS en el contexto de grandes proyectos multinacionales (por ejemplo, Europrevall, iFAAM, el programa VITAL™).

Por supuesto, como ocurre con todos los esfuerzos científicos, el trabajo no termina, pero los resultados de la Consulta constituyen un hito importante en el desarrollo de la evaluación de riesgos de los alérgenos y, por tanto, en la protección de todos los que sufren alergias alimentarias. Será necesario que todas las partes interesadas participen en la obtención del valor total del trabajo realizado durante los próximos años, ya que las recomendaciones aún se están debatiendo en el Comité del Codex sobre Etiquetado de los Alimentos (CCFL), lo que puede llevar tiempo y no significa que las recomendaciones vayan a adoptarse total o parcialmente. Incluso si se adoptan a nivel del Codex, puede pasar algún tiempo antes de que se vean cambios en la legislación local.

Hasta que llegue ese momento, todas las partes interesadas deben seguir vigilantes para proteger a quienes sufren alergias alimentarias y seguir presionando para que se resuelvan las actuales ambigüedades relacionadas con la gestión de riesgos de alérgenos y el etiquetado.